No te dejes explotar más
Hay personas que son contratadas por prestación de servicios. Esto quiere decir que no deben cumplir horario porque su función es por resultados, misional.
Sin embargo, es usual en los sectores público y privado que utilicen esa modalidad para evitar el pago de prestaciones sociales y la seguridad social.
Generalmente el empleado permite que ocurran ese tipo de irregularidades ante la necesidad del trabajo, pero la buena noticia es que el día que no le renuevan el contrato o lo despidan sin justa causa puede aducir que tenía subordinación y exigir todos los derechos como si hubiese sido contratado a término indefinido.
Si usted ha padecido o está afrontando esta situación no dude en consultar de manera gratuita a nuestro grupo de abogados conformado por ex jueces y ex magistrados experto en estos temas. Llame en horario de oficina: 444-53-14.