Recovecos cortos

LA PRUEBA DEL POLÍGRAFO NO ESTÁ CONTEMPLADA EN LA JUSTICIA COLOMBIANA

A propósito de la polémica suscitada en las últimas horas entre Gobernación y EPM, por la presunta utilización del polígrafo para establecer responsabilidades en el proyecto Hidroituango por fuga de información, es importante aclarar que dicha práctica no está contemplada como elemento válido en el ordenamiento jurídico colombiano.

Según el abogado penalista, Hernando Elí Grisales, las pruebas se clasifican en: regladas (contempladas en la norma) y las de Tarifa Legal Determinada (que obedecen a un hecho de medio específico como el registro para determinar la propiedad de un inmueble por ejemplo).

Y agrega que el polígrafo no puede adecuarse en ninguna de las dos. Así que como medio de prueba no es válido en ningún caso. Otra cosa es que se utilice para determinar un indicio, pero por sí sola, no tiene sustento legal.

Finalmente advirtió que el polígrafo puede generar sensaciones  confusas en la persona sometida a ella por la presión, los nervios y otros factores subjetivos, que han sido motivo de serias controversias en el ámbito penal.

La polémica sobre el polígrafo comenzó desde  que el gerente de EPM, Jorge Londoño de la Cuesta, dijo en debate del Concejo de Medellín que evitaría fuga de información, y luego la concejala del POLO, Luz María Múnera, solicitara a través de derecho de petición si la empresa estaría utilizando el polígrafo como medio de investigación y al parecer nunca le respondieron.

También supimos que la molestia del gobernador Luis Pérez Gutiérrez con EPM, habría obedecido a la recopilación de importante evidencia que daría como ciertos los rumores sobre la utilización del polígrafo con altos directivos de la entidad, e indagación sobre si miembros de la Contraloría de Antioquia y medios de comunicación del orden nacional estarían recibiendo información de la realidad del proyecto Hidroituango.

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