Recovecos cortos

TELE TRABAJO: ESCLAVITUD EN CASA, DEBE REGLAMENTARSE

Por Juan Carlos Hurtado Ochoa

Aunque hablar de reforma laboral de entrada da rabia, porque la tendencia es a  hacer cambios en detrimento del trabajador (o sino que lo diga Uribe) resulta necesaria porque laborar desde casa no es necesariamente tele trabajo.

Una cosa es la empresa o empleador que contrata personal bajo la figura de tele trabajo con todas las condiciones que requiere el trabajador y logística adecuada, y otra quien desempeña un oficio desde el hogar con muchas informalidades. Limitaciones.

La reforma laboral tendrá que establecer bien horarios, pago de seguridad social, cobertura de riesgos laborales, los equipos y servicios que dispone el trabajador desde casa para su empresa, porque si surge un accidente ¿cómo se reporta? ¿quién lo asume? ¿la EPS o la ARL?

El tele trabajo no debe ser motivo para la precarización laboral, porque durante la pandemia hemos detectado acoso laboral, empleadores que piensan que los empleados deben trabajar 24/7 y eso es algo muy grave.

Expertos en materia laboral aseguran que la tendencia es contratar por resultados, y esto incluiría abordar trabajo por horas, iniciativa  que nos parece riesgosa para la construcción de una pensión y romper de paso la barrera del salario mínino que es el rasero para evitar explotación laboral.

Con las nuevas plataformas y el tele trabajo, el trabajo como lo conocemos con el cumplimiento de horario, subordinación, y realización personal del servicio, seguramente dará un giro mayor  y ahí es donde la reforma laboral debe abordar estos asuntos sin violentar el trabajo decente.

También debemos partir de algo que en Colombia es complejo: la confianza. Eso de estar vilgilando presencialmete el trabajador está mandando a recoger y lo ideal es que cada quien cumpla su función sin tener un “policía” al lado.

Las administradoras de riesgos laborales están algo preocupadas con el tele trabajo porque en los hogares no hay sistemas de seguridad que en las empresas son obligatorios para reducir las culpas patronales, por ejemplo.

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