Recovecos cortos

POR CONDICIÓN SEXUAL AGREDEN A ASESOR DEL ALCALDE DANIEL QUINTERO CALLE

Por Juan Carlos Hurtado Ochoa

Diego Romero, estratega y asesor del alcalde Daniel Quintero Calle, dio a conocer en su cuenta de twitter que ha sido objeto de agresiones verbales y, casi físicas, por parte de un vigilante del edificio donde reside.

Comienza diciendo que desde el año anterior se trasladó a un edificio en el barrio Laureles en compañía de su mamá. Que uno de los vigilantes (Luis)  es un señor que hace preguntas y chistes que no le competen. Es imprudente.

Sin embargo, hace algunos días cuenta que su mamá le compartió al vigilante que (GIO)  es el novio de su hijo. “Días después cuando llegamos con el mercado, subí las bolsas y dejé el carro encendido (mal estacionado) y mientras bajaba corriendo para salir, el vigilante con malas palabras le dijo a GIO que lo quitara de allí, pero GIO no tiene licencia. Entonces pues…me trató mal pero no le di importancia al asunto y me fui”.

Continúa su relato señalando que otro día, cuando llegaron a almorzar, el vigilante los trató de mariquitas e intentó golpearlos porque dejaron los tapa bocas en el carro, para ponerse otros tapa bocas en el apartamento, puesto que su mamá (la de Diego Romero) tiene condición especial de salud.

Relata que el vigilante los persiguió hasta el ascensor y los amenazó por un alta voz advirtiendo que los esperaba cuando bajaran. Desde ese momento (Luis) es su enemigo sin que al parecer a la administración y consejo del edificio le den trato al tema de manera efectiva.

Diego Romero instauró denuncia penal ante la Fiscalía, pues teme por lo que le pueda suceder a él y su compañero sentimental.

Importante recordar que el Congreso de la  República modificó el Código Penal Colombiano el año anterior, con el fin de implementar sanciones en casos de discriminación como el que aquí narramos.

ARTÍCULO 1o. OBJETO DE LA LEY. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 1752 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:> Esta ley tiene por objeto sancionar penalmente actos de discriminación por razones de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación.

Artículo 134AActos de Racismo o discriminación. El que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Artículo 134BHostigamiento por motivos de raza, religión, ideología, política, u origen nacional, étnico o cultural. El que promueva o instigue actos, conductas o comportamientos , orientados a causarle daño físico o moral a una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, por razón de su raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes, salvo que la conducta constituya delito sancionable con pena mayor.

La discriminación continúa siendo un fenómeno complejo en la ciudad, cuando todavía hay quienes a través de redes sociales impulsan agresiones hacia los miembros de la comunidad LGTBI.

El año anterior Luis Emilio Arboleda grabó un video cuando cortaba con una navaja la bandera de la diversidad sexual en el Cerro Nutibara, en medio de arengas contra las parejas del mismo sexo.

Es lamentable que todavía no seamos capaces de respetar la diferencia. Nos falta mucho…

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