En Derecho

PENSIONADOS DE FONDOS PRIVADOS TIENEN DERECHO A INDEMNIZACIÓN

A través de demanda se puede pelear una reparación económica.

Por Juan Carlos Hurtado Ochoa

Quienes se hayan pensionado en fondo privado y cotizaban sobre más de 2 salarios mínimos tienen derecho a una indemnización, por el daño causado, porque les era más conveniente estar en Colpensiones y no les informaron.

La Corte Suprema de Justicia, a través sentencias, determinó que si bien es cierto ya no es posible el traslado de fondo de quien es pensionado, sí tendría derecho a una indemnización por los perjuicios ocasionados, pues la pensión recibida no corresponde con la que hubiera podido recibir en Colpensiones.

Para que la demanda prospere, es importante que el pensionado en fondo privado demuestre que llevaba varios años cotizando sobre montos superiores a los 2 salarios mínimos, y la desinformación del fondo privado al momento de afiliarlo sin informarle la posible afectación.

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