El Cotarrito Político

Cuestiona la prueba de alcoholemia

-El abogado penalista Juan Camilo Muñetón Villegas hizo una disertación que vale la pena leer sobre le negativa de la realización de la prueba de embriaguez con fundamento en el derecho de no autoincriminación.

La Constitución Política de Colombia, consagra en su artículo 33 la garantía de no autoincriminación que implica que nadie puede ser obligado a declarar en contra de sí mismo, ni en contra de sus allegados, es decir, su cónyuge, compañero permanente o aquellos parientes que se encuentren dentro del cuarto grado de consanguinidad, o segundo de afinidad o primero civil.

El análisis del joven docente, quien además ha estado llevando procesos como la defensa de las víctimas de Space, se encuentra plasmado en la Revista Nuevo Foro Penal de la Universidad Eafit y es un ejercicio que nos permite determinar hasta qué punto las pruebas de alcoholemia están violando el debido proceso.

Felicitaciones a quien fuera uno de los buenos docentes que tuve en el área penal.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba