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ALFREDO RAMOS MAYA: ¿QUÉ MÁS QUERÉS QUE TE RESPONDAN EN HOSPITAL GENERAL DE MEDELLÍN?

Por Juan Carlos Hurtado Ochoa

Dicen que el concejal Alfredo Ramos Maya, del Centro Democrático, tendría un “ejército” dedicado a presentar derechos de petición a la administración municipal.

El Hospital General de Medellín, Luz Castro de Gutiérrez, también ha estado en la mira. Sin embargo, parece que al concejal no le satisfacen las respuestas y acudió a la tutela sin éxito alguno.

De acuerdo con decisión del JUZGADO CATORCE LABORAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, quien resolvió impugnación interpuesta al fallo de tutela proferido por el JUZGADO SÉPTIMO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES DE MEDELLÍN, por parte del concejal Alfredo Ramos Maya, contra el Hospital General por no responder derechos de petición, se trata de un hecho superado porque es claro que le dieron respuesta a todo lo solicitado.

El concejal pidió información relacionada con contratos de prestación de servicios: El 26 de octubre de 2022, radicó por correo electrónico Derecho de Petición N° 202210200009421 al Hospital General de Medellín, en el que, en ejercicio de su derecho fundamental solicita información relacionada con los contratos de prestación de servicios suscritos por la entidad desde el 1° de enero de 2020 a la fecha. N° 05001 41 05 007 2022 00841 01.

El 15 de noviembre de 2022, radicó a través de correo electrónico, Derecho de Petición N° 20221020010451 al Hospital General de Medellín, en el que, en ejercicio de su derecho fundamental solicita una información relacionada con el contrato 159C-2021 cuyo objeto es la Compra del Sistema de Telemetría.

El 02 de diciembre de 2022, en virtud de que no se había recibido respuesta por parte del Hospital General de Medellín al Derecho de Petición N° 20221020010451 exhortando que se diera respuesta al mismo.

Igualmente, el 15 de noviembre de 2022 radicó vía correo electrónico el derecho de petición con N° 20221020010441 al Hospital General de Medellín, en el que, solicita información relacionada con las interventorías en los procesos de compras.

El 02 de diciembre de 2022, en virtud de que no se había recibido respuesta por parte del Hospital General de Medellín al Derecho de Petición N° 20221020010441 exhortando que se diera respuesta al mismo.

El Juzgado señala en la sentencia que el hospital ya respondió incluso nuevamente el día de hoy (24/01/2023) al peticionario como se adjunta; y adicionalmente, se allegan unas diapositivas con el resumen de las respuestas dadas al peticionario en cuatro ocasiones sobre los derechos de petición objeto de tutela.

“Según corrobora este Estrado Judicial, la Entidad accionada, además de haber dado cumplimiento en la contestación allegada el once (11) de enero de 2023, el HGM, procedió a dar respuesta nuevamente al peticionario el 24 de enero hogaño, respuesta que fue anexada al escrito de impugnación. En tales términos, es evidente que las razones que dieron origen a las pretensiones de la acción de tutela se superaron durante el trámite de la misma. De ahí que ya no existan las causas de la presunta vulneración iusfundamental y, en este momento, carezca de sentido dictar una orden al respecto”.

Alfredo Ramos Maya (como abogado que es) debe saber que los derechos de petición se pueden responder de manera negativa o positiva. Hay información de reserva de ley. Le tocaría, sino le satisfacen las respuestas, iniciar una investigación más aguda y que vaya más allá que los derechos de petición.

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