En Derecho

SI ES CONTRATISTA, REVISE BIEN SOBRE LO QUE COTIZA PARA PENSIÓN

«Recordemos que, en Colpensiones, le toman como base toda la vida laboral o los últimos diez años de cotización».

Por Juan Carlos Hurtado Ochoa

En Colombia está permitido que los contratistas coticen a seguridad social (ESP, ARL PENSIONES) sobre el 40% del valor total de los contratos. Digamos que es una regla que ayuda y no ayuda.

Ayuda, cuando el contratista está lejos de pensionarse, y evita pagar una alta suma de dinero en seguridad social sobre el 100% de lo contratado.

Perjudica, cuando ese contratista está en los últimos diez años para pensionarse y no sabe que su pensión será calculada sobre el 40% de lo que efectivamente cotizó y no sobre el 100% de lo que recibió por los contratos. Además de eso, en caso de enfermarse o accidentarse el pago de las incapacidades también será teniendo en cuenta lo que cotiza por ese 40%.

El tema pensional es un traje a la medida. Por eso cada quien debe  analizar todos los escenarios, porque a veces la economía en algo, puede resultar costosa en un tema tan importante como la pensión.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba