Recovecos cortos

Los pillaron dañando la publicidad

CARRO VALLA ESTA ES LA FOTOJosé Fernando Escobar Estrada, gerente de la campaña del candidato a la Alcaldía de Itagüí, León Mario Bedoya, denunció que miembros del grupo de trabajo del también aspirante del Centro Democrático, Carlos Arturo Betancur Castaño, fueron sorprendidos cuando pretendían quitar la publicidad de su líder.

La Policía se percató de la situación en la mañana del martes 8 de septiembre, en momentos en que un carro valla de la campaña de Betancur Castaño conducido por Pedro José Luján Sánchez, pretendía desmontar al parecer la publicidad de León Mario Bedoya.

Esta situación se ha vuelto común, pues para nadie es un secreto que hay gente a la que pagan por destruir vallas, pasacalles y otro tipo de publicidad visual como parte de la estrategia. La pregunta que nos asalta es cómo judicializar a las personas que sean descubiertas en este tipo de actos, tal vez con daño en bien ajeno.  Artículo 265 del Código Penal Colombiano: “El que destruya, inutilice, haga desaparecer o de cualquier otro modo dañe bien ajeno, mueble o inmueble incurrirá en prisión de uno (1) a cinco (5) años y multa de cinco (5) a veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor.

 La pena será de uno (1) a dos (2) años de prisión y multa hasta de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, cuando el monto del daño no exceda de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 Si se resarciere el daño ocasionado al ofendido o perjudicado antes de proferirse sentencia de primera o única instancia, habrá lugar al proferimiento de resolución inhibitoria, preclusión de la investigación o cesación de procedimiento”.

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